El Ejecutivo publicó el Decreto de Urgencia N°019-2020 que dispone la creación de un nuevo delito: la producción de peligro en el servicio público de transporte de pasajeros, incorporado al artículo 273-A del Código Penal, y que sanciona con una pena de uno a tres años de cárcel e inhabilitación para el que presta el servicio público de transportes de pasajeros y/o conduce vehículos de dicho servicio, con o sin habilitación otorgada por la autoridad competente.
Es decir, que pueda generar un peligro para la vida, la salud o la integridad física de las personas al no cumplir con los requisitos de ley para circular y que, además, dicho vehículo no cuente con el correspondiente Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigente o no haya pasado la última inspección técnica vehicular.
Si está por vencer o ya venció tu soat renuevalo, llámanos inmediatamente a los teléfonos 994-294553 o 924-269268 o solícitalo por whatsapp presionando aqui
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